Se modifican los cartones de Bingo en Castilla La Mancha

Mª Luisa Araújo, consejera de Econmía y Hda.
La orden del 21 de enero de 2009 de la vicepresidencia y consejería de economía y hacienda por la cual se hacen modificaciones a la orden del 27 de mayo de 2004 determina el contenido reverso de los cartones de juego de bingo.
En este decreto 176/2002 del 10 de diciembre se aprueba la normativa del juego de bingo de Castilla y La Mancha y en la disposición final primera ha facultado a la titular de la consejería de administración pública a dictar las disposiciones que sean necesarias para que se apliquen las normas.
La consejería de administraciones públicas a fin de asegurar el mayor grado de transparencia en el desarrollo del juego ha determinado el contenido del reverso de los cartones de los juegos de bingo lo cual da satisfacción a los principios que inspiraron la ley 1/1999 del 31 de marzo en lo concerniente al juego en Castilla La Mancha.
Al mismo tiempo la ley 9/2008 del 4 de diciembre  de Medidas en materia de Tributos Cedidos ha establecido en el 24.5% el tributo general que se aplica a la tasa fiscal acerca de juegos de azar.
Es así que es fundamental y necesario desarrollar la modificación de la ley antes mencionada con el objetivo que el nuevo impuesto general se refleje en el reverso de los cartones de juego de bingo.
Se dispone entonces en función de las facultades que han sido atribuidas al órgano administrativo la disposición final primera del decreto 176/2002 del 10 de diciembre:
Artículo uno: modifíquese el inciso final del artículo único de la orden de 27 de mayo de 2004 que quedaría redactado en los siguientes términos:
“tasa final sobre el juego de 24.50 por ciento del costo del cartón de bingo”.
Esta orden comienza a regir al siguiente día de ser publicado en el diario oficial de Castilla y La Mancha.